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Juicio abreviado
Los polémicos pactos entre fiscales y acusados
Por Mario Eduardo Corigliano
“Un sector importante de la jurisprudencia considera que el Tribunal Oral puede apartarse del acuerdo y que el rechazo debe atender a dos circunstancias: la necesidad de un mejor conocimiento de los hechos - a mi modesto entender debe entenderse a su materialidad y la atribución a quien se estime responsable - y la razonabilidad de la calificación antes bien que a la concreta estipulación sancionatoria resultante del acuerdo entre las partes litigantes, salvo claro está, que la misma no se ajuste al irrenunciable principio de legalidad o que contenga una grosera e intolerable divergencia con la pena justa. No advierto ninguna de esas excepciones en el caso dado: el TOC lo rechaza debido a una notoria insuficiencia de actividad procesal previa del Ministerio Público que llevó a una absolución de la imputada.”
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Términos mencionados en esta doctrina: juicio, abreviado, principio, tribunal, importante, circunstancias, necesidad, conocimiento, legalidad, procesal.